En el 2014 la Fiscalía de la Nación presentó el Proyecto de Ley 3668/2016-MP, «Ley que prohíbe el ingreso a menores de edad a hoteles, hostales y/o cualquier otro establecimiento que presta servicios de alojamiento».
Esta propuesta fue tramitada por el parlamento que tenía entonces una composición distinta, si bien fue aprobada en la Comisión de la Mujer y Familia, no fue discutida en el Pleno. Es por ello que, mediante Oficio N° 335-2016-MP-FN, de fecha 3 de noviembre de 2016, la Fiscalía solicitó la actualización del proyecto legal dada su importancia.
Esa comunicación produjo que el Congreso, en la legislatura actual, mediante oficio de 10 de marzo, comunique sus decisión actualice el Proyecto de Ley, por lo que será debatido y, eventualmente, aprobado en esta legislatura.
La iniciativa legal tiene por objeto prohibir el ingreso de menores de edad a hoteles y/o cualquier otro establecimiento que preste servicios de alojamiento de cualquier tipo, cuando no estén acompañados por sus padres o por cualquiera de ellos, cuando ostenten su tenencia judicial o extrajudicial, tutor, curador o sin contar con autorización expresa, escrita y con firmas legalizadas por ante notario público de estos; así como, disponer que los Gobiernos Locales y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el marco de sus competencias, exijan a los establecimientos que prestan dichos servicios exhibir obligatoriamente carteles conteniendo dicha prohibición en un lugar visible al ingreso a ellos.
Dentro de los fundamentos del Proyecto, se precisa que la iniciativa legislativa descansa en el preocupante incremento de los macro y micro indicadores sociales a través de los cuales se evidencia la comisión de un sinnúmero de actos y omisiones que incentivan y facilitan la explotación sexual comercial infantil en sus diversas modalidades; situación que se pretende mitigar partiendo de la premisa que la legislación nacional vigente incurre en imprecisiones respecto del cabal cumplimiento de las obligaciones internacionales contenidas en los tratados internacionales sobre la materia lo que viene trayendo consigo la impunidad de conductas- medio que vulneran o ponen en peligro los derechos y los bienes jurídicos protegidos por el Principio Superior del Niño y el Adolescente.
De conformidad a lo establecido en el inciso b) del Artículo 70 del Reglamento del Congreso de la República, la Comisión de la Mujer y Familia recomendó aprobar los Proyectos de Ley 3668/2013-MP y 4262/2014-CR.