El Poder es un acto mediante el cual una persona natural otorga voluntariamente a otra, facultades para que actúe en su nombre y representación. La inscripción del Poder tiene por finalidad dar publicidad de las facultades que otorga el poderdante a favor del apoderado, a fin de que este último ejerza dichos actos como si fuera él mismo.
Mediante un Poder por Escritura Pública se pueden otorgar facultades de disposición (compraventa de inmuebles o vehículos), financieras o bancarias, e incluso procesales.
A continuación, te explicamos cómo inscribir un Poder por Escritura Pública en cuatro sencillos pasos
Lo primero que deberás hacer es dirigirte a una notaría con tu DNI y solicitar un Poder por Escritura Pública. La solicitud se puede formular con minuta o sin ella.
Una vez elaborado el parte notarial, el notario o su dependiente autorizado deberán presentarlo en la Sunarp.
Para inscribir el poder en Sunarp deberás cancelar S/ 20.00 en caso le otorgues Poder a una sola persona (un Poderandante).
Deberás esperar 48 horas para que el Poder se inscriba en los Registros Públicos.
Recuerda conservar tu número de partida ya que será con este número con el que pedirás una Vigencia de Poder o un Certificado Literal de Poder.
El Dato:
La inscripción de Poderes otorgados por personas naturales en las Oficinas Registrales de Lima, Callao y Chiclayo se efectuará obligatoriamente con firma digital a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp).