La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el reglamento de Cuentas Básica, en el cual señala que los depósitos y retiros diarios de las “cuentas básicas” no podrán superar los S/1.000.
Así lo dictaminó la Resolución SBS N° 2891-2018 publicada el día de ayer en el diario oficial El Peruano, firmada por la Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Socorro Heysen.
La referida norma de la superintendencia también modificó los reglamentos de Operaciones con Dinero Electrónico; así como de los Canales Complementarios de Atención al Público de las Empresas del Sistema Financiero y emisoras de Dinero Electrónico.
El “Reglamento de Cuentas Básicas” explica que una “cuenta básica” es aquella que las entidades autorizadas del sistema financiero ponen a disposición de personas naturales para el depósito de sus ahorros. Y además, que cumplen con todas las siguientes condiciones:
1.2 La empresa debe definir procedimientos y medidas con el objetivo de monitorear el cumplimiento de los límites y condiciones antes señalados.
1.3 Cuando los usuarios de cuentas básicas intenten efectuar transacciones que excedan los límites y condiciones antes establecidos, las empresas deben informar a los usuarios que la transacción no puede ser llevada a cabo debido al incumplimiento de los límites.
1.4 Sin perjuicio de lo anterior, en los formularios contractuales debe indicarse que podrán aplicarse medidas de resolución o suspensión de contrato mediante bloqueo de la cuenta básica, unilateralmente y sin previo aviso, en función a la aplicación de normas prudenciales emitidas por la SBS.
Cabe resaltar que la resolución o suspensión del contrato por la aplicación de normas prudenciales no implica la pérdida de los recursos depositados.
La resolución también comprende el capítulo II referido a la Gestión de Conducta de Mercado, y el capítulo III que comprende aspectos aplicables en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
La superintendencia señala que estas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 1 de octubre de 2018, fecha en la cual queda sin efecto la Resolución SBS N° 2108-2011.