Descarga en PDF el Manual de de derecho romano» de Luis Rodolfo Argüello. Manual muy didáctico donde se explica a la perfección como se inicio el derecho romano, su historia y fuentes, además de conceptos sumamente importantes.
Este libro de derecho romano es ideal para los conocedores y gustosos de esta materia; inicia el curso con el concepto de derecho romano, concepto del derecho e ideas romanas, sigue con conceptos como el derecho común y singular; la historia y sus fuentes, entre otras cosas sumamente importantes.
A continuación compartimos un fragmento de la introducción y posteriormente el enlace de descarga. Si te sirve este recurso, no olvides compartir en tus redes sociales pues es de gran ayuda para nosotros.
Introducción
1. MÉTODO DE EXPOSICIÓN. – Si entendemos que la sistematización de las materias jurídicas es de capital importancia para la mejor comprensión de su contenido, consideramos conveniente comenzar esta parte introductoria al estudio del derecho de Roma señalando el método de exposición que seguiremos en la presente obra.
Uno de los planes distributivos de la materia dividía el derecho privado, siguiendo la tradición romana expuesta en las Instituciones de Gayo (1, 8) y en las del emperador Justiniano (1, 2, 12), en tres grandes ramas: las normas que hacían referencia a las personas, las que contenían los principios que conciernen a las cosas y las que regulaban 10 relativo a las acciones (Omne autem ius, quo utimur, vel ad personas pertinet, vel ad res, vel ad actiones). Esta división trimembre sirvió como base por mucho tiempo para la exposición del derecho romano, habiendo sido seguida en las obras sistemáticas de la, Edad Media y de los tiempos modernos, y en no pocos códigos de países de raigambre latina.
La doctrina moderna, a partir de las enseñanzas de la escuda histórica del derecho, se ha ido alejando de la clásica tripartición, distribuyendo la materia de manera de hacer posible las variadas conexiones de los diversos institutos jurídicos y el desarrollo lógico de. la exposición, necesarios en grado sumo en disciplina de gran vastedad como el derecho romano, al que es un imperativo vivificar, dotando de la mayor practicidad a su estudio.
Guiados por el deseo de lograr un plan sistemático de exposición de la asignatura, hemos dividido la obra en ocho partes, a las que llamaremos Libros para emplear la denominación utilizada por el Corpus luris Civilis, los que a su vez estarán divididos en titulas, a excepción del Primero, que tiene un Título Único.
El Libro Primero, que contiene una introducción al estudio del derecho romano, trata sobre conceptos básicos que tienden a la explicación de determinadas instituciones y reglas fundamentales de derecho, cuyo conocimiento consideramos prioritario para el logro de una mejor comprensión de las instituciones que serán materia de nuestro estudio.
El Libro Segundo, que llamamos historia y fuentes del derecho romano; se refiere a la línea evolutiva de la legislación de Roma, abarcando no sólo el estudio de su historia externa, esto es, la historia de sus fuentes formales, sino también la progresión político-social que experimentó Roma en el transcurso del largo proceso de formación y depuración de sus institutos jurídicos.
El Libro Tercero, que designamos con el nombre de Parte General, está destinado al análisis de las personas, considerando como tales a los hombres y a los seres abstractos, de pura creación jurídica, capaces de tener derechos y deberes jurídicos; las cosas u objetos corporales o incorporales que sometidos a las necesidades, a la utilidad o a los placeres del hombre, son idóneos para,constituir objetos de derecho, y los hechos o los actos humanos, jurídicos o no, mediante los cuales los derechos nacen, se transmiten, se modifican o se extinguen.
En los subsiguientes libros en que dividimos la obra, hacemos la separación de los que tratan del derecho material o sustantivo, del que se refiere al derecho formal o adjetivo. Así, pues, el Libro Cuarto estudia los derechos reales, aquellos que se ejercen inmediata y directamente por el hombre sobre las cosas; el Quinto, el derecho de obligaciones, el que teniendo también carácter patrimonial como los derechos reales, entraña la exigencia de un cierto comportamiento de una persona respecto de otra; el Sexto, el derecho de familia, conjunto de principios normativos que regulan las relaciones familiares; y el Séptimo, el derecho sucesorio, ordenamiento jurídico que es consecuencia del fallecimiento de una persona y que, por ende, afecta la suerte de su patrimonio…
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