El nuevo proyecto ley que implementa el programa nacional para la promoción e industrialización de los productos andinos amazónicos

  • 21 Jul, 2022
  • 336 vistas

Proyecto ley en donde se implementara el programa nacional para la promoción e industrialización de los productos andinos amazónicos, se hizo presentación el día de hoy 21 de julio, por el Grupo Parlamentario «Perú Libre», proponente hacia el congreso y teniendo como autor a Cerrón Rojas Waldemar y coautores Palacios Huáman Margot, Rivas Chacara Janet, Portalatino Ávalos Kelly, Taipe Coronado María, Bellido Ugarte Guido, Agüero Gutiérrez María.

El Grupo Parlamentario PERÚ LIBRE, a iniciativa del congresista de la república que suscribe WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS, con la facultad que establece el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y conforme a lo dispuesto por los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, propone la siguiente iniciativa legislativa:

FÓRMULA LEGAL

El Congreso de la República
Ha dado la siguiente ley;

LEY QUE IMPLEMENTA EL PROGRAMA NACIONAL PARA LA PROMOCIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS ANDINOS AMAZÓNICOS


Artículo 1.- Objeto de la norma
La presente iniciativa legislativa busca promover la industrialización de los productos andino y amazónico, con el objetivo de fomentar su desarrollo como medio de reactivación de la economía de los andes y Amazonía.


Artículo 2.- Finalidad de la ley
La finalidad de la presente iniciativa legislativa es generar nuevas estrategias de crecimiento económico que conduzcan a la diversificación y fortalecimiento de la economía, y la reducción de la dependencia a los precios de materias primas.


Artículo 3.- acciones de coordinación y apoyo
Encargar al Ministerio de Producción y el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales la articulación y aplicación de acciones para promover las condiciones necesarias para implementar el programa Nacional para la industrialización de los productos andinos amazónicos generando productos con valor agregado para su exportación.


Artículo 4.- beneficios
Los beneficios que tendría la presente iniciativa es la mejora de la productividad, el aumento del empleo formal y de calidad y un crecimiento económico sostenible de largo plazo a favor de los agricultores que producen productos andinos y amazónicos, en sus diferentes variedades y presentaciones.


Artículo 5.- Implementación del Registro Único de Pequeños Agricultores y Empresas dedicados a la Industrialización del agro en la sierra y la Amazonía.
Implementación del Registro Único de Pequeños Agricultores y Empresas dedicados a la Industrialización del agro con productos andino amazónicos, con la finalidad de obtener datos actualizados y conocer el dato exacto de agricultores a nivel de las regiones, provinciales, distritales y comunidades agroindustriales.


DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL


PRIMERA.- Normas reglamentarias y complementarias
Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de la Producción y el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, se victoria las normas reglamentarias complementarias para la aplicación de la presente ley, en un plazo máximo de noventa (90) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ley.


SEGUNDA.- Vigencia
La presente Ley entra en vigencia al mes siguiente de la publicación de su reglamento en el Diario oficial El Peruano.


Lima, 21 de julio 2022.

También te puede interesar

© Teoriadelderecho.com - Noticias y actualidad Jurídica
Un producto de Nube Roja Network

Diseñado por