Elecciones municipales 2022, las cedulas contarán con fotos de los candidatos.

  • 18 Jul, 2022
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De conformidad con la resolución jefatural 002403-2022-JN/ONPE, hace comunicado que mediante las votaciones del presente año, las cedulas contarán con las fotografías de los candidatos a su región, asimismo se dividirá en dos cuerpos, primero para los gobernadores y vicegobernadores, sosteniendo como segundo a los consejeros regionales.

Mediante Decreto Supremo N° 001-2022-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a Elecciones Regionales de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 2 de octubre de 2022.

De conformidad con el artículo 37 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modificatorias (en adelante, LOE) la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política del Perú, la referida ley y su Ley Orgánica;

Por su parte, conforme a los literales b) y c) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, son funciones de la Oficina Nacional Procesos Electorales (en adelante, ONPE) diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos electorales; así como planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente;

Por tanto, y de conformidad con los artículos 159 y 165 de la LOE, corresponde a la ONPE determinar las características y el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, su impresión y distribución; así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;

Es, en virtud de la normativa descrita que, mediante Resolución Jefatural N° 002155-2022-JN/ONPE, se aprobaron los diseños de las cédulas de sufragio para las elecciones convocadas. Estos fueron presentados en acto público el 16 de junio de 2022, en cuya realización el representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones recomendó algunas precisiones a los diseños de las cédulas de sufragio antes señalados;

Ahora bien, el primer párrafo del artículo 167 de la LOE estipula que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165 de la referida ley;

El artículo 168 de la LOE establece que resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que debe seguirse;

Al respecto, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE), mediante el Oficio N° 08127-2022-SG/JNE, de fecha 28 de junio de 2022, hace de conocimiento que no se han recibido impugnaciones contra los diseños de cédula de sufragio, aprobados mediante la Resolución Jefatural N° 002155-2022-JN/ONPE;

De acuerdo con lo señalado, y teniendo en cuenta lo establecido en el literal b) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones institucional, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio correspondientes a las elecciones convocadas;

La Gerencia General, mediante el documento de vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las elecciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación correspondiente. Por tanto, resulta necesario emitir la Resolución Jefatural que las apruebe;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales m) y n) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Gestión Electoral y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar los modelos definitivos de la cédula de sufragio regional para las Elecciones Regionales 2022, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 2, 3 y 4 y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar los modelos definitivos de la cédula de sufragio municipal provincial para las Elecciones Municipales 2022, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 6 y 7 y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Aprobar los modelos definitivos de la cédula de sufragio municipal provincial – distrital para las Elecciones Municipales 2022, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 9 y 10, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 8, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Aprobar los modelos definitivos de la cédula de sufragio para las Elecciones Regionales 2022 – Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 12 y 13 y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 11, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de las organizaciones políticas participantes.

Artículo Sexto.- Publicar la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, www.onpe.gob.pe

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe


MODELO DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO REGIONAL

ELECCIONES REGIONALES 2022

1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tiene las dimensiones de 21.00 cm. de largo x 24.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de organizaciones políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 26.00 cm.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y centrado los siguientes textos: “ELECCIONES REGIONALES 2022” y el nombre del gobierno regional al que pertenece, en letras de color negro dividido en dos líneas. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 La cédula se encuentra dividida en dos cuerpos: 2.2.1 Gobernador y Vicegobernador Regional y 2.2.2 Consejero Regional; cada una sub dividida en tres secciones de acuerdo al siguiente detalle:

2.2.1 Gobernador y Vicegobernador Regional

2.2.1.1 Título: conformado por un recuadro en fondo de color negro, con el texto: “GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR REGIONAL”, en letras de color blanco centrado en dos líneas.

2.2.1.2. Instrucciones al elector: conformado por una fila de color gris, con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ missing image file O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO DE LA FOTOGRAFIA O SIMBOLO DE SU PREFERENCIA”, en letras de color negro dividido en dos líneas.

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2.2.1.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 08 filas con la participación de 08 organizaciones políticas y debajo de estas filas se muestra un recuadro en fondo color gris. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color amarillo con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.2.1.3.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.2.1.3.2 Fotografías de los candidatos y símbolos de las organizaciones políticas al lado derecho, impresos a todo color, cada uno dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.2.2 Consejero Regional

2.2.2.1 Título: conformado por un recuadro en fondo de color negro, con el texto: “CONSEJERO REGIONAL”, debajo de este la provincia a la que pertenece (Anexo N° 2), y para el caso de los Consejeros Regionales de la Región Callao el distrito al que pertenece (Anexo N° 3), en letras de color blanco centrado en dos líneas.

2.2.2.2. Instrucciones al elector: conformado por una fila de color gris, con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ missing image file O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO DE LA FOTOGRAFIA O SIMBOLO DE SU PREFERENCIA”, en letras de color negro dividido en dos líneas.

x

2.2.2.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 08 filas con la participación de 08 organizaciones políticas y debajo de estas filas se muestra un recuadro en fondo color gris. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color verde claro con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.2.2.3.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.2.2.3.2 Símbolos de las organizaciones políticas al lado derecho, impresos a todo color, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.3 Pie de página: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1 Fondo de color blanco.

3.2 En el encabezado va el texto: “ELECCIONES REGIONALES 2022”, en letras de color negro dividido en dos líneas. En un segundo bloque: “ORGANISMOS ELECTORALES”, “JNE – ONPE – RENIEC”, uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3 Se ha consignado el título: “CEDULA DE SUFRAGIO”, centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisa las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACION”, en letras de color negro centrado en dos líneas.

3.4 A continuación, se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos y Movimientos están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 31 de mayo de 2022, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 0002014-2022-JN/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 21.00 cm. de largo x 24.00 cm. de ancho, es de formato vertical a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.

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