Otorgarán beneficio póstumo a bomberos que fallezcan en actos de servicio

  • 23 Nov, 2017
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Otorgarán beneficio póstumo a bomberos que fallezcan en actos de servicio

Se ha publicado la norma que otorga el derecho a una pensión y, además, un pago único de 50 UIT a los herederos de los bomberos que hayan fallecidos en actos de servicio y hayan sido declarados héroes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

 

Dicha pensión se otorgaría a favor de los hijos menores de edad, o a los hijos mayores de edad con incapacidad permanente o que estén cursando estudios superiores de manera satisfactoria, así como al cónyuge supérstite o integrante sobreviviente de la unión de hecho declarada conforme a ley. A falta de estos, a los ascendientes.

 

 

Así lo ha dispuesto la Ley que otorga por única vez beneficios póstumos a los bomberos declarados héroes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, Ley N° 30684, publicada en la edición del miércoles 22 de noviembre de 2017 del diario oficial El Peruano.

 

La norma también establece que el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo, fijará el monto de la pensión, su temporalidad, características y demás condiciones para su otorgamiento.

 

Ley N° 30684 by La Ley on Scribd

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