El Ejecutivo estableció, de manera temporal, la facultad discrecional de disponer el pase a la situación de retiro del personal policial por falta de idoneidad para el cumplimiento de sus funciones.
A través del Decreto de Urgencia N° 012-2020, se dispuso esta medida con el fin de asegurar que el personal policial desempeñe correctamente su labor, “en particular las acciones destinadas a garantizar, mantener y restablecer el orden interno, el orden público y la seguridad ciudadana”.
Además, esta norma, publicada el jueves en El Peruano, tiene una vigencia de cinco años que puede ser renovable por un periodo similar.
En los criterios de falta de idoneidad para el cumplimiento de las funciones policiales, citados en el decreto, están haber sido sentenciado como responsable de violencia familiar o por delito de feminicidio, ser deudor alimentario moroso, haber sido sancionado disciplinariamente por más de una infracción muy grave durante su carrera y por la comisión flagrante de una infracción por consumo de drogas ilícitas o alcohol.
Para dicho objetivo, se creó una Comisión Sectorial que se encargará de la evaluación del personal policial y la elaboración de la propuesta de pase a la situación de retiro. Luego, esta comisión elevará el informe motivado, para la emisión de la resolución que dispone la separación de generales, oficiales, oficiales subalternos y suboficiales de armas y de servicios.