El Alto Tribunal de Málaga, en España, sentenció que los dos miembros de una ex-pareja tendrán que hacerse cargo de su mascota en turnos de seis meses cada uno.
La Audiencia Provincial de la ciudad española de Málaga ha acordado que los dos miembros de una expareja deberán compartir la custodia de su perro tras producirse su separación.
Este pronunciamiento es el primero de una instancia superior sobre el particular y la cuarta en el mismo sentido en España. De esta manera, la pequeña Cara deberá permanecer seis meses en la vivienda de cada uno, ya que sus dueños permanecen en ciudades distantes: ella en Madrid y él en Antequera.
La pareja, tras más de diez años de convivencia, rompió la relación. El demandado retornó a Antequera, dejando el domicilio donde habían convivido en la capital española, dejando a Tara al cuidado de ella, y así permaneció durante un periodo de cuatro años.
Transcurrido ese periodo, el demandado retornó a Madrid con la intención de llevarse a la perra consigo, alegando que en el Registro de Animales de Compañía como en los documentos sanitarios él constaba como el único propietario.
Es así que el caso fue llevado al juzgado de Antequera, el cual falló en primera instancia a favor del demandado. Tras la apelación, la Audiencia Provincial de Málaga, concedió la tenencia compartida, en una sentencia que pone de relieve que la mujer mantuvo una relación afectiva intensa con su mascota durante más de siete años, algo que, según la sala, merece una protección jurídica.
En la sentencia se precisa que el primer turno le corresponde a la demandante, por haber estado privada del animal desde 2015, que es la fecha en la que interpuso la demanda. Según informó su abogada, ella ya está organizando su viaje para llevar a Madrid a Cara.